Expediente No. 882-2013

Sentencia de Casación del 20/03/2015

“…Al cotejar el recurso de apelación especial con la sentencia del tribunal de apelaciones, se establece que los razonamientos por medio de los cuales decidió no acoger el recurso son insuficientes, toda vez que se limitó a exponer de forma generalizada que la sentencia impugnada no contenía ninguna vulneración a la norma procesal denunciada, en virtud que el a quo indicó los motivos de hecho y derecho por los que decidió otorgar valor probatorio a los medios de prueba relacionados.
Este argumento es insuficiente porque no responde al punto esencial planteado por el casacionista en su apelación especial, y que se centraba en denunciar la vulneración de la sana crítica razonada, específicamente las reglas de la lógica, en los principios lógico de identidad y no contradicción pertenecientes a la ley de la coherencia y razón suficiente perteneciente a la ley de la derivación, así como las leyes de la experiencia, en relación a la valoración de lo declarado por el padre y hermanos del occiso, dado que existieron contradicciones entre lo declarado con el demás material probatorio aportado al proceso…”